Declaración de la Renta 2025 para Nómadas Digitales: Cómo Presentarla desde España
La Campaña de la Renta 2025 está en marcha desde el 2 de abril de 2026 y cierra el 30 de junio. Si vives y trabajas en España como nómada digital o autónomo, tienes obligación de presentar tu declaración del IRPF. En esta guía te explicamos paso a paso cómo hacerlo, qué ingresos declarar y cómo aprovechar las deducciones disponibles.
Tabla de Contenidos
- ¿Tienes que declarar la Renta?
- Fechas clave de la Campaña Renta 2025
- Cómo acceder a Renta Web (AEAT)
- Qué ingresos debe declarar un nómada digital
- Ley Beckham vs. Régimen General: ¿cuál te aplica?
- Deducciones clave para autónomos nómadas
- Ingresos del extranjero: ¿doble imposición?
- Cómo calcular el resultado: ¿a devolver o a pagar?
- Pasos para presentar la declaración
- Preguntas frecuentes
¿Tienes que declarar la Renta?
Si eres residente fiscal en España (llevas más de 183 días en el país durante 2025 o tienes aquí tu centro de intereses económicos), estás sujeto al IRPF. Tienes obligación de presentar la declaración si:
- Tus ingresos brutos anuales superan los 22.000 € de un solo pagador.
- Tienes dos o más pagadores y el segundo te pagó más de 1.500 €, con rentas totales superiores a 15.000 €.
- Eres autónomo y facturas más de 1.000 €/año, independientemente del resultado.
- Recibes rentas del capital mobiliario o inmobiliario superiores a 1.600 €.
Importante: Como nómada digital que trabaja para clientes extranjeros, cada cliente que te paga es un pagador distinto. Si tienes varios clientes, lo más probable es que debas declarar desde el primer euro.
Fechas clave de la Campaña Renta 2025
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Inicio de la campaña (Renta Web) | 2 de abril de 2026 |
| Inicio presentación por teléfono | 6 de mayo de 2026 |
| Inicio atención presencial (cita previa) | 2 de junio de 2026 |
| Último día para presentar con resultado a ingresar con domiciliación | 25 de junio de 2026 |
| Fin de la campaña | 30 de junio de 2026 |
Cómo acceder a Renta Web (AEAT)
- Entra en sede.agenciatributaria.gob.es → «Renta 2025».
- Identifícate con: Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o número de referencia (con los datos de la declaración anterior o una casilla del borrador).
- La AEAT te mostrará un borrador prerellenado con los datos que ya tiene (nóminas, retenciones, datos bancarios). Revísalo siempre — los ingresos de clientes extranjeros no aparecen automáticamente.
Qué ingresos debe declarar un nómada digital
Ingresos por actividad económica (autónomos)
Si estás dado de alta como autónomo en España, tus ingresos van en el apartado de Rendimientos de actividades económicas (estimación directa simplificada o normal). Debes declarar:
- Todos los ingresos facturados en 2025, incluyendo los cobrados de clientes en el extranjero (USA, UK, Europa).
- Los ingresos de plataformas como Upwork, Fiverr, Toptal o Stripe.
- Pagos recibidos en criptomonedas (al tipo de cambio en la fecha del cobro).
Ingresos del capital mobiliario
Intereses de cuentas bancarias (Wise, Revolut, bancos españoles), dividendos de acciones, rendimientos de fondos de inversión. La plataforma los suele precargar si son entidades españolas.
Ingresos del trabajo por cuenta ajena
Si trabajas como empleado remoto para una empresa extranjera con contrato laboral, podrían ser rendimientos del trabajo. En este caso, aplica el artículo 7.p LIRPF (exención hasta 60.100 €/año si trabajas para empresa no española). Consulta con un gestor.
Ley Beckham vs. Régimen General: ¿cuál te aplica?
Si te acogiste al Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Ley Beckham) en tu primer año en España, tributas a un tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000 € de renta de fuente española, sin obligación de declarar rentas extranjeras. El formulario es el Modelo 151, no el Modelo 100.
Si tributas en régimen general, usas el Modelo 100 y declaras rentas mundiales (de cualquier país). Tienes acceso a la escala progresiva del IRPF y a más deducciones.
👉 Guía completa: Ley Beckham para nómadas digitales
Deducciones clave para autónomos nómadas
En estimación directa simplificada puedes deducir todos los gastos relacionados con tu actividad económica:
| Gasto deducible | Condición |
|---|---|
| Cuotas de la Seguridad Social (autónomo) | 100% deducible |
| Seguro de salud privado | Hasta 500 €/año por titular (1.500 € con discapacidad) |
| Equipos informáticos (portátil, monitor) | Amortización o gasto directo si <3.005 € |
| Software y suscripciones profesionales | 100% deducible con factura |
| Coworking y oficina | 100% si es exclusivo para el negocio |
| Parte del alquiler (oficina en casa) | % proporcional del espacio usado + suministros al 30% |
| Gestoría y honorarios profesionales | 100% deducible |
| Cursos y formación profesional | 100% deducible con factura |
Provisión de fondos: En estimación directa simplificada puedes aplicar una provisión del 5% sobre el rendimiento neto como gasto genérico de difícil justificación (máximo 2.000 €/año).
Ingresos del extranjero: ¿doble imposición?
Si cobras de clientes en países con los que España tiene convenio de doble imposición (USA, UK, Alemania, México, Colombia…), los ingresos se declaran íntegros en España y puedes aplicar la deducción por doble imposición internacional si te han retenido impuestos en origen. En la mayoría de los casos, si el cliente no te retiene nada, simplemente declaras el ingreso completo en España.
Modelo 720: Si tienes cuentas bancarias o activos financieros en el extranjero por valor total superior a 50.000 €, debes presentar el Modelo 720 (declaración de bienes en el extranjero) antes del 31 de marzo de cada año. No es parte de la Renta, pero es una obligación paralela importante.
Cómo calcular el resultado: ¿a devolver o a pagar?
Tu declaración puede tener dos resultados:
- A devolver: Has pagado más de lo que te correspondía (por retenciones o pagos fraccionados — Modelo 130). La AEAT te devuelve la diferencia.
- A pagar: Has ingresado menos de lo que corresponde. Puedes domiciliar el pago hasta el 25 de junio o pagar directamente hasta el 30 de junio. También puedes fraccionar el pago en dos plazos (60% ahora, 40% en noviembre).
Si has presentado el Modelo 130 trimestralmente durante 2025, habrás adelantado el 20% de tus rendimientos netos cada trimestre. Esto reduce o elimina el «a pagar» final.
Pasos para presentar la declaración
- Reúne tu documentación: facturas emitidas y recibidas, extractos bancarios, certificados de retención de clientes, recibos de cuotas autónomos.
- Accede a Renta Web en la AEAT con tu Cl@ve PIN o certificado digital.
- Revisa el borrador y añade manualmente los ingresos de clientes extranjeros y gastos deducibles.
- Verifica el resultado y, si tienes dudas sobre deducciones o doble imposición, consulta con un gestor fiscal especializado en nómadas.
- Presenta y guarda el justificante con el número de referencia (CSV).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si presento la Renta fuera de plazo?
Si presentas sin requerimiento previo de la AEAT y el resultado es a devolver, no hay sanción. Si es a pagar, el recargo por presentación tardía es del 1% mensual (hasta 12 meses), luego aplica régimen sancionador.
¿Puedo presentar la Renta si no tengo NIE o NIF?
No. Necesitas NIF de persona física (DNI si eres español, NIE si eres extranjero residente). Con la visa nómada digital ya deberías tener NIE. Sin él no puedes presentar la declaración, pero sí acumulas la obligación.
¿Qué ocurre si trabajo para una empresa de otro país y me contratan como empleado?
Depende del convenio de doble imposición entre España y ese país. En muchos casos aplica el art. 15 de los convenios OCDE: el país de residencia (España) grava los rendimientos del trabajo, salvo que el empleador tenga establecimiento permanente en España.
¿Los ingresos en criptomonedas tributan en la Renta?
Sí. Las ganancias patrimoniales por venta o intercambio de criptos tributan en la base del ahorro (19-28%). Los cobros en cripto por servicios profesionales tributan como rendimientos de actividad económica al tipo de cambio del momento del cobro.
¿Tienes dudas sobre cómo presentar tu Renta como nómada digital? Consulta nuestra selección de gestores y recursos especializados.

